Tarjetas Monex no fueron ilegales en 2012: TEPJF

Después de dos años la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó que no hubo origen ilegal en uso de tarjetas Monex en la campaña presidencial de Enrique Peña Nieto.

En su sentencia, emitida esta madrugada, a los recursos de apelación interpuestos por el PAN y el PRD sobre el presunto empleo de tarjetas Monex en esas campañas electorales, el organismo colegiado resolvió que tampoco hubo destino ilícito de los recursos, debido a que no se acreditó que estas se hubieran utilizado para compra y coacción del voto durante las campañas electorales de ese año.

Explicó que todas las actuaciones partieron de la base de que los elementos de prueba que obraban en el expediente demostraron que el PRI, a través de un intermediario, contrató el servicio de dispersión de recursos a través de 7 mil 851 tarjetas, en las que depositó y distribuyó, 66 millones 326 mil 300 pesos.

Indicó que con la información y documentación proporcionada por la Comisión Nacional Bancaria y de Valores en el procedimiento administrativo de fiscalización, se tuvo por acreditado que del mes de mayo de 2012 y hasta el 27 de junio siguiente, lapso que comprendió la campaña electoral federal de ese año, del total de los recursos expresados en los monederos electrónicos se erogaron 50 millones 508 mil 891 pesos, cantidad que la autoridad responsable determinó correspondían y debían contabilizarse como gastos de campaña.

En ese contexto, la Ponencia estimó que resultó importante destacar que, de acuerdo con la resolución impugnada, con posterioridad al 3 de julio de 2012, la suma total gastada se elevó a 57 millones 318 mil 609 pesos.

Al resolver el asunto relacionado con el caso Monex derivado del Proceso Electoral Federal 2011-2012, luego de más de dos años de tardanza, el magistrado presidente del TEPJF, Alejandro Luna Ramos, subrayó que los tiempos judiciales no se guían por los vaivenes políticos, el TEPJF basa su actuación en los principios establecidos en nuestra Constitución.

Explicó que la resolución, en la que se ordenó al INE investigar el destino de 7 millones de pesos, se presentó tras un largo proceso de instrucción que permitió recibir elementos probatorios para una revisión minuciosa.

Sostuvo que “No se trata de una demora, lo dejó muy claro, es el resultado de un análisis exhaustivo de los agravios hechos valer y una revisión de las pruebas presentadas que han llevado a esta resolución”.

Por su parte, la magistrada María del Carmen Alanis Figueroa votó a favor del proyecto en virtud de que propone modificar la resolución del INE, con la finalidad de que realice una nueva investigación en la que se esclarezca el destino del monto de 7 millones de pesos que aparecen como erogados de la cuenta en la que se depositaron los recursos provenientes del contrato de mutuo con intereses, de conformidad con el informe presentado por la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, a solicitud de la autoridad electoral.

Alanis Figueroa precisó que el proyecto era exhaustivo en el análisis de cada una de las constancias que obran en el expediente.

Señaló que no se prueba el financiamiento paralelo con recursos ilícitos, ni la compra y coacción del voto con los denominados monederos Monex.

Advirtió que la autoridad deberá determinar si estos gastos fueron ordinarios o de campaña, para lo cual la autoridad electoral revisará detalladamente el monto indicado así como la documentación comprobatoria y determinar, en su caso, las infracciones y sanciones a las que haya lugar.

En su oportunidad, el magistrado Manuel González Oropeza destacó la importancia de la sentencia ya que permitirá conocer cuál fue el destino de 7 millones de pesos que el entonces Instituto Federal Electoral, automáticamente y sin justificación alguna, cargó a los gastos de campaña del PRI, sin que estuvieran plenamente identificados con este tipo de recursos.

El magistrado Flavio Galván Rivera desatacó que la resolución se modifica para que el INE explique el destino de los 7 millones de pesos que el IFE decidió cargar a los gastos de campaña.

El magistrado Pedro Esteban Penagos López subrayó que no existen elementos que permitan establecer la existencia del fondeo de recursos o financiamiento paralelo a la campaña de la coalición “Compromiso por México”, ni se demuestra la compra y coacción de voto.

En tanto, el magistrado Salvador Olimpo Nava Gomar dijo que la integración de este proyecto se realizó durante más de un año, debido al alto grado de complejidad que implica la revisión de los documentos y los elementos probatorios, ya que es necesario garantizar a la ciudadanía una resolución bien fundamentada.

 

2015campañaMonexPeñaPolíticaresoluciónTEPJF