Indicó que se han emitido las normas oficiales mexicanas NOM-005-SCFI-2011, sobre los dispensarios y la NOM-185-SCFI-2012, sobre software, para que las bombas de las estaciones de gasolina presten un servicio adecuado, conforme a sus cualidades metrológicas, y asegurar la exactitud de las mediciones.
La evaluación de los sistemas para medición y despacho de gasolina y otros combustibles líquidos objeto de ambas NOM, así como su vigilancia, resaltó, corresponden a la Dirección General de Normas de la SE y a la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco).
Precisó que la Profeco es la autoridad que realiza verificaciones a los sujetos de aplicación de ambas NOM, para corroborar que las estaciones de servicio den cumplimiento puntual a lo largo del país.
En el documento, publicado en la Gaceta Parlamentaria, la dependencia precisó que la Profeco realiza las acciones para promover y proteger los derechos de los consumidores en sus relaciones de consumo.
Sin embargo, explicó, se encuentra impedida para boletinar, evidenciar y publicar las gasolineras que no hayan cumplido las normas oficiales mexicanas.
Resaltó que, de las visitas de verificación a dichas estaciones de servicio, se han iniciado procedimientos administrativos por irregularidades detectadas, pero aún no culminan o se encuentran en algún medio de defensa otorgado por la ley.
La SE expuso que con la entrada en vigor de ambas NOM, la Dirección General de Normas ha recibido notificaciones de acciones judiciales para tratar de impugnar su validez. Se han recibido múltiples notificaciones de juicios de amparo y de nulidad, señaló.
En la mayoría de los casos, afirmó, se solicitó la suspensión y se negó. El mecanismo más recurrido es el juicio de nulidad y la mayoría aún se encuentra en proceso de resolución o la sentencia aún no es firme.
Puntualizó que en caso de que la Profeco detecte que algún proveedor de bienes o servicios cometa violaciones a la Ley Federal de Protección al Consumidor, se actuará con base en el marco jurídico aplicable, para proteger los derechos de los consumidores e imponer las sanciones económicas correspondientes.