La resolución publicada en la Gaceta Oficial del Gobierno capitalino precisa que el objetivo es beneficiar a las niñas y niños de hasta doce meses de edad que hayan nacido en el Distrito Federal a efecto de que cuenten con copia certificada de su acta de nacimiento.
Para acceder a este beneficio fiscal es necesario que el padre y/o la madre, a falta de éstos, los ascendientes en línea recta, colaterales iguales en segundo grado y colaterales desiguales ascendentes en tercer grado presenten ante el Juez del Registro Civil al niño o niña acompañado del certificado de nacimiento, constancia de parto o en caso de no contar con ellos, denuncia de hechos ante el Ministerio Público donde se haga constar tal circunstancia, a fin de que dicha autoridad extienda el acta de nacimiento correspondiente.
Los contribuyentes que se acojan al beneficio fiscal establecido en esta resolución y que proporcionen documentación o información falsa o la omitan, con el propósito de gozar indebidamente del mismo, perderán los beneficios que se les hubieren otorgado en relación con el pago de los derechos por la expedición de la copia certificada del acta de nacimiento, sin perjuicio de las responsabilidades a que haya lugar.
Este acuerdo entró en vigor desde este viernes y estará vigente hasta el 31 de diciembre de 2014.