Se mantiene tarifa de Metrobús, RTP y taxis en DF

Metrobús de México

Dichos servicios son: de Transporte Público de Pasajeros Colectivo Concesionado y Permisionado; de los Corredores de Transporte Público de Pasajeros Metrobús; la Red de Transporte de Pasajeros; de Transportes Eléctricos del Distrito Federal, y del Transporte Público Individual de Pasajeros (Taxi).

Los acuerdos, publicados en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, señalan que se conserva sin modificación el importe de las tarifas del Servicio de Transporte Público de Pasajeros Colectivo Concesionado y Permisionado en el Distrito.

Así el importe de las tarifas de microbuses y vagonetas se mantiene en cuatro pesos para una distancia de hasta cinco kilómetros; de 4.50 pesos, de cinco a 12 kilómetros; y de 5.50 pesos para más de 12 kilómetros.

En autobuses el costo será de cinco pesos para un recorrido de hasta cinco kilómetros y de seis pesos para las de más de cinco; en corredores concesionados será de 5.50 pesos para el servicio ordinario y de seis pesos para el servicio ejecutivo.

La Jefatura de Gobierno recordó que el servicio nocturno se considera a partir de las 23:00 horas y hasta las 6:00 horas del día siguiente y que el monto de la tarifa en ese caso será de 20 por ciento adicional.

A su vez, la tarifa al usuario del Metrobús en horario diurno será de seis pesos por viaje, que se cobrará independientemente de la distancia del viaje y del transbordo entre corredores.

En la Red de Transporte de Pasajeros del Distrito Federal el costo del Servicio Ordinario y Atenea es de dos pesos; Servicio Expreso, cuatro pesos y Servicio EcoBús cinco pesos.

Además, “se autoriza la exención del pago de la tarifa respectiva a personas de 60 años de edad en adelante, que cuenten con documento o identificación expedida por autoridad competente que acredite tal condición; así como a personas con discapacidad, menores de cinco años de edad”.

En relación a las tarifas de los servicios que proporciona el Organismo Público Descentralizado Servicio de Transportes Eléctricos del Distrito Federal, se mantiene en cuatro pesos para el Cero Emisiones; tres pesos para el Tren Ligero, y dos pesos al Trolebús, y se autoriza la exención del pago a quienes cumplen con las características anteriormente descritas.

Un último acuerdo añade que se conserva sin modificación el importe de la tarifa del transporte público individual de pasajeros (Taxi), por lo que el banderazo en el taxi libre es de 8.74 pesos y 1.07 por cada 250 metros o 45 segundos, mientras que en los de sitio será de 13.10 pesos y 1.30 por cada 250 metros o 45 segundos.

En tanto, el banderazo en radio taxis será de 27.30 y por cada 250 metros o 45 segundos se cobrará 1.84 pesos; la tarifa de taxis de sitio con base en terminales de autobuses foráneos serán en la Zona 1 (hasta 4 kilómetros) 58 pesos; Zona 2 (hasta 6 kilómetros) de 73 pesos.

En la Zona 3 (hasta 10 kilómetros) será de 102.00; Zona 4 (hasta 15 kilómetros) de 123.00; Zona 5 (hasta 20 kilómetros) de 152.00; Zona 6 (hasta 25 kilómetros) de 175.00; para la Zona 7 (hasta 30 kilómetros) de 190.00; Zona 8 (hasta 35 kilómetros) de 219.00; Zona 9 (hasta 40 kilómetros) de 277.00 pesos y Zona 10 (hasta 45 kilómetros) de 321.00

Finalmente, recuerda que el servicio nocturno se considera a partir de las 23:00 horas y hasta las 6:00 horas del día siguiente, la tarifa autorizada será de 20 por ciento adicional a las señaladas en el párrafo anterior, en función de la modalidad de que se trate.

 

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