Con las modificaciones fiscales el gobierno mexicano estima recaudar alrededor de 181 mil millones de pesos, que representaría 1.0 por ciento del Producto Interno Bruto (PIB) del país.
Entre los cambios aprobados en materia del Impuesto al Valor Agregado (IVA) destacan la homologación de 11 a 16 por ciento la tasa en las fronteras, el gravamen a la venta de mascotas y su alimento, los chicles o goma de mascar, así como el transporte público foráneo de pasajeros.
Impuesto a alimentos chatarra
En cuanto al Impuesto Especial sobre Producción y Servicios (IEPS), se establece un nuevo gravamen de 1.00 pesos por litro a la enajenación o importación de las bebidas saborizadas, concentrados, polvos, jarabes, esencias o extractos de sabores.
Por primera vez se impone un impuesto de 8.0 por ciento a la enajenación o importación de alimentos con alta densidad calórica, entendidos como aquellos que tengan 275 kilocalorías por cada 100 gramos.
Impuesto a gasolina
De igual manera se grava con el IEPS la importación y enajenación de combustibles como propano, butano, gasolinas y gas avión, turbosina y otros kerosenos, diesel, combustóleo, carbón mineral, coque de petróleo y coque de carbón, entre otros.
Este impuesto será determinado según el contenido de carbono del combustible de que se trate, considerando cuotas por unidad de medida. Dichas cuotas se actualizarán por inflación en los términos previstos por el Código Fiscal de la Federación.
Impuesto sobre la Renta
El ISR, la tarifa del gravamen a cargo de las personas física se incrementa mediante la adición de tres renglones de 32, 34 y 35 por ciento, para ingresos anuales a partir de 750 mil, un millón y tres millones de pesos, respectivamente.
También se limita el monto total de las deducciones personales a la cantidad que resulte menor entre 10 por ciento de los ingresos totales del contribuyente contra la sumatoria de cuatro salarios mínimos anuales correspondientes a la zona geográfica del contribuyente.
Además, se grava con una tasa de 10 por ciento del ISR las ganancias derivadas de las inversiones en la bolsa de valores, y se eliminó el Régimen de Pequeños Contribuyentes, que es sustituido por el Régimen de Incorporación Fiscal.
Desaparece el régimen de consolidación, pero se crea un régimen fiscal opcional para grupos de sociedades cuyo objetivo es diferir el impuesto en tres ejercicios como máximo, entre otros.