Ayer los diputados mexicanos aprobaron en tiempo récord un dictamente de ley, que de acuerdo a los legisladores de izquierda y a los expertos de la sociedad civil, no garantiza el derecho humano al agua. Consideran que la iniciativa contraviene estándares internacionales.
Cabe recordar que en días recientes, las organizaciones de la sociedad civil solicitaron a las y los diputados abrir este proceso a la discusión pública a través de foros y audiencias públicas, petición que fue ignorada por los legisladores. No sólo no se permitió la participación social, sino que violaron su propio reglamento.
Los diputados aprobaron un dictamen que conocieron pocas horas antes sin tener el estudio y soporte técnico y científico suficiente y necesario que permitiera sustentar su voto a favor o en contra del contenido de la iniciativa.
A decir de los expertos la discusión en la Cámara tiene algunos errores, por ejemplo, el artículo 49, el cual señala que “es obligación de las autoridades garantizar el derecho humano al agua de los asentamientos humanos”, estableciendo para ello un mínimo vital de 50 litros diarios por persona.
Afirman que eso es incorrecto, porque el derecho humano al agua corresponde a las personas, no a los asentamientos humanos, tal como lo establece el texto del artículo 4 constitucional que da origen a esta ley; además, el concepto de asentamientos humanos implica una serie de condiciones en donde la dispersión territorial de muchas localidades rurales e indígenas hace que se puedan quedar fuera de tal definición.
Asimismo, se ha señalado que la dotación de 50 litros diarios por persona no satisface el criterio de protección más amplia a las personas, conforme al artículo 1 de la Constitución y a criterios emitidos por el Poder Judicial de la Federación, ya que el estándar idóneo señalado por la Organización Mundial de Salud (OMS) -máxima autoridad directiva y coordinadora de la acción sanitaria en el sistema de las Naciones Unidas del cual México forma parte-, ha señalado que el acceso óptimo que representa el riesgo más bajo para la salud de las personas corresponde a 100 litros diarios por persona. Tanto la exposición de motivos de la iniciativa como el dictamen aprobado omiten dar razones técnicas o científicas necesarias para poder justificar la dotación de los 50 litros propuestos.
Finalmente, resulta muy preocupante que las Comisiones hayan aprobado en sus términos esta iniciativa, máxime que no se ha valorado y discutido tampoco la iniciativa ciudadana entregada a los diputados el pasado 9 de febrero.
Por estas razones la sociedad civil ha hecho un fuerte llamado a las autoridades para que, en lo que resta del proceso legislativo, y en cumplimiento de sus leyes y reglamentos, se tomen el tiempo necesario para escuchar a las voces interesadas y se alleguen de los datos técnicos y científicos necesarios a fin de que la Ley que se apruebe en el pleno cumpla con los estándares del derecho humano conforme a los tratados internacionales de los cuales México forma parte.
Los especialistas opinan que de aprobar una iniciativa sin realmente conocerla se votaría a favor de la misma porque les dieron “línea” y en desconocimiento del mandato constitucional de respetar, proteger y garantizar el derecho humano al agua.