México, 26 Nov (Notimex).- El Consejo General del INE determinó sobreseer, por improcedencia, una queja del Acción Nacional (PAN) en contra del Partido Revolucionario Institucional (PRI) en Coahuila, por las supuestas transferencias electrónicas que recibió del Ayuntamiento de Torreón, durante los meses de enero a abril de 2014.
Sin embargo, ordenó dar vista a la Fiscalía Especializada para la Atención de Delitos Electorales (FEPADE) de la Procuraduría General de la República (PGR) y remitir el expediente al Instituto Electoral y de Participación Ciudadana (IEPC) del estado de Coahuila, para que en el ámbito de sus atribuciones determine lo que en derecho corresponda.
Se sobresee el procedimiento sancionador ordinario en que se actúa, al actualizarse la causal de improcedencia por incompetencia respecto de las denuncias presentadas, destaca el proyecto aprobado por unanimidad.
Durante la sesión ordinaria celebrada este jueves, los consejeros del Instituto Nacional Electoral (INE), rechazaron por tres votos a favor y ocho en contra, atraer la queja para fijar un criterio, como lo solicitó la consejera electoral Pamela San Martín Ríos y Valles.
La sanción se deriva de la denuncia presentada el 23 de octubre de 2014 por el senador Javier Corral Jurado, Consejero del Poder Legislativo del PAN ante el Consejo General de este Instituto, y el senador Luis Fernando Salazar Fernández.
De acuerdo a la queja, el Ayuntamiento de Torreón realizó las transferencias al Comité Directivo Estatal del PRI en la entidad y de éste, a la Fundación Colosio.
Se trata de presuntas aportaciones que los trabajadores solicitaron les fueran retenidas, para entregarse posteriormente al instituto político.
El consejero Arturo Sánchez explicó que el INE determinó que no procedían medidas cautelares, lo que derivó en una queja ante el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), que consideró lo contrario.
Desde abril de este año el proyecto proponía que era improcedente por competencia; sin embargo, en esta mesa decidimos que no, que había que devolverlo para hacer otras diligencias, resumió.
El consejero presidente Lorenzo Córdova Vianello, indicó que el objetivo de la medida cautelar es evitar un daño mayor, y la emisión de la misma no condiciona jurídicamente ni la competencia ni el sentido de la resolución de fondo de una eventual queja.
Comentó que puede haber casos en que se niega una medida cautelar y al final, hay una irregularidad de fondo y se sanciona o bien, que se conceda la medida cautelar y, se declare infundada la queja y por tanto se suspende ésta acción.
Opinó que al remitir este asunto a la autoridad local no implica que estemos pateando el bote, porque el objetivo de dar vista implica el traslado de todas las indagatorias realizadas preliminarmente por el INE, entre ellas los elementos que permiten constatar que se trata de un depósito a cuentas locales y no federales.
La consejera Beatriz Eugenia Galindo expuso que la facultad de atracción que otorgó la ley electoral al INE es para conocer de asuntos electorales no de procedimientos ordinarios sancionadores; me parecería peligroso que atraigamos el asunto para definir un criterio, acotó.
El consejero Enrique Andrade, quien votó a favor de que el INE determine la procedencia por incompetencia y se remita el asunto al Comité Local, también rechazó la propuesta de que se atraiga el asunto para hacer un criterio con dedicatoria.
Francisco Gárate, representante del PAN ante la mesa del Consejo General manifestó su desacuerdo de que el INE declare incompetencia por improcedencia y se turne al Instituto de Coahuila.
Comentó que los trabajadores manifestaron su inconformidad porque el descuento se hizo sin su consentimiento; esa manera en la que se realiza el descuento es un atraco digamos, institucionalizado, no es un tema menor, enfatizó.
El consejero Ciro Murayama dijo que el INE tenía información de que, en efecto, a los empleados públicos del Municipio se le aplicó el descuento a su nómina y se dijo que lo hicieron de manera voluntaria, aunque coincidentemente todos lo hicieron el 1 de enero de 2014, esto es, en un día inhábil.
Indicó que conforme a las indagatorias, los recursos no fueron a parar a las campañas electorales, por lo cual se decidió dar vista al OPLE y a la Fepade.
A mí me parece que no hace falta establecer un criterio en el cual desde este Consejo General se diga que la Constitución no puede ser violada, el 134 es muy claro en el sentido de que no se pueden usar los recursos a favor de los actores políticos, resaltó.
Lo cierto, anotó, que debería darse vista a la Fepade para ver si hubo coacción a los trabajadores y que informe del resultado de la investigación porque si los dona los recursos (es legal), pero si lo hizo bajo coacción es ilegal.
La Fepade dependiente de la Procuraduría General de la República (PGR), es la Institución encargada de procurar justicia en materia penal electoral.
Dentro de los delitos electorales, está tipificada la conducta atribuible a los servidores públicos que soliciten a sus subordinados realizar aportaciones a favor de partidos políticos.