México, 30 Oct (Notimex).- El Consejo General del INE aprobó por unanimidad asumir directamente la realización de todas las actividades para celebrar la elección extraordinaria del gobernador de Colima y señaló que está a la espera de que el Congreso de esa entidad defina la fecha de los comicios.
El Instituto Nacional Electoral (INE) también acordó que en ese proceso se aplicará lo que establece la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, en tanto que se recurrirá al Código en la materia de esa entidad solo de manera supletoria.
Durante una sesión extraordinaria que se extendió tres horas y en la que hubo una intensa discusión, los consejeros electorales avalaron las modificaciones que se le hicieron a la propuesta original.
Aprobaron instruir al secretario ejecutivo para que con apoyo de la Unidad Técnica de Vinculación con los Organismos Públicos Locales, celebre los acuerdos necesarios para ejercer las atribuciones derivadas de este acuerdo con el Instituto Electoral del Estado de Colima.
También deberá realizar las gestiones pertinentes para que en términos de la sentencia del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), que dictaminó la anulación de los comicios celebrados el 7 de junio de 2015, se autoricen las adecuaciones presupuestales pertinentes.
De igual forma deberá solicitar los recursos financieros a las autoridades estatales y, en su caso, federales correspondientes, a fin de que de manera expedita se otorguen para el cabal ejercicio de las atribuciones del instituto.
A la Comisión de Seguimiento para los Procesos Electorales Locales e instruye que resuelva lo conducente, en caso de duda respecto la forma en que se habrá de aplicar la legislación general o estatal respecto de un tema en específico.
Los consejeros acordaron, además, instruir al secretario ejecutivo a realizar los trabajos de coordinación para la elaboración del Plan y Calendario Integral para la organización de los comicios extraordinarios de gobernador en el estado de Colima.
También para que se comiencen a ejercer las atribuciones que el Instituto Nacional Electoral tiene conferidas y que asume mediante este acuerdo.
El Instituto Estatal Electoral de Colima será vinculado, para efecto de que preste la colaboración requerida al INE a fin de llevar a cabo el Proceso Electoral Extraordinario.
Al respecto el consejero presidente, Lorenzo Córdova Vianello, recordó que la sentencia de la Sala Superior del Tribunal Electoral federal es por la intervención indebida de autoridades locales en la contienda.
Eso vulneró el principio constitucional de equidad y a juicio del tribunal, fundamenta que el Instituto Nacional Electoral asuma o atraiga completamente la organización de la elección extraordinaria de gobernador en el estado de Colima.
Explicó que la asunción es una nueva e importante atribución derivada de la reforma electoral del año pasado en favor del INE, lo cual implica el reconocimiento de las capacidades técnica, operativa y también política para organizar una elección de carácter local.
En este sentido quiero ser absolutamente enfático: el órgano electoral va a actuar con toda responsabilidad en el ejercicio de éste rol y será un ancla de estabilidad jurídica y política para el buen desarrollo de la nueva elección de gobernador en el estado de Colima.
Por eso resulta de vital importancia que el Congreso de Colima convoque la elección y determine su fecha de celebración, mientras que el instituto será el encargado de realizar, en su conjunto, el Proceso Electoral Extraordinario.
Más allá de las consideraciones políticas que naturalmente tendrá que ponderar el Congreso de Colima, resulta indispensable que sean considerados los plazos que requiere ésta autoridad electoral para construir y organizar el proceso comicial, abundó Córdova.
De no contar con los tiempos y los espacios necesarios para desplegar a plenitud su capacidad técnica y operativa en la organización de los comicios, se puede poner en riesgo la adecuada organización y eso a nadie le conviene.
Hay ciertas atribuciones, prosiguió, que son insoslayables en la organización de un proceso electoral, como el mandato legal de realizar un Programa de Resultados Electorales Preliminares.
El ejercicio, desarrollo e instrumentación del PREP no es una potestad discrecional de ésta institución, sino es una obligación que tiene que ejercer en todos aquellos procesos electorales federales, locales, ordinarios o extraordinarios que realice, aseveró.
Lo mismo ocurre con el Conteo Rápido, que si bien es una potestad realizarlo, es un instrumento indispensable para generar certeza al terminar la jornada electoral y que en su momento será presentado al Consejo General, lo cual requiere también un tiempo para su adecuada instrumentación.
Lorenzo Córdova hizo notar que la figura de los candidatos independientes requiere también de plazos para recabar las firmas y su verificación por esta autoridad.
Son tres temas que forman parte de la compleja actuación de la autoridad electoral en la organización de una elección que requieren ser realizado con espacio suficiente para entregar buenas cuentas, enfatizó el consejero presidente del INE.