Se dio a conocer este miércoles que el Primer Tribunal Unitario en Materia Penal en el Distrito Federal negó a Elba Esther Gordillo la prisión domiciliaria solicitada por el abogado de la ex lideresa del sindicato de maestros, por no reunir los requisitos para obtener dicho beneficio.
La instancia resolvió que es infundada la petición de prisión domiciliaria Elba Esther Gordillo, ya que no se actualiza el primer requisito previsto en el Artículo 55 del Código Penal Federal.
El mismo señala que la prisión preventiva domiciliaria está sujeta entre otros requisitos, a que se emita una orden de aprehensión contra una persona mayor de 70 años de edad, aspecto que no cumple la procesada, ya que dicha medida cautelar le fue dictada a la edad de 68 años.
Además, este beneficio se aplica cuando haya una sentencia ejecutoriada, lo que no es el caso pues Elba Esther Gordillo aún no recibe sentencia, o que “por su senilidad o precario estado de salud” fuera notoriamente innecesario que se compurgue la pena impuesta, lo cual tampoco es el caso.
El tribunal puntualizó que Gordillo está privada de su libertad con motivo del auto de término constitucional dictado en su contra por los delitos de violación a la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada y operaciones con recursos de procedencia ilícita.
Además, el tribunal señaló que de continuar Elba Esther Gordillo en prisión preventiva, no implica que esto viole su derecho a la salud, pues ha recibido la atención médica necesaria.