Profeco dice que las constructoras deben reparar los daños estructurales al 100%
Es un obligación de las constructoras
El titular de la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco), Rogelio Cerda, señaló que las constructoras tienen la obligación por ley de realizar las reparaciones de los inmuebles que hayan resultado afectadas por el sismo del pasado 19 de septiembre, y cuya construcción haya concluido en los últimos 5 años.
Durante una entrevista con el periodista, Ciro Gómez Leyva, el funcionario precisó que la ley en esta materia “es muy clara” y las constructoras deben dar garantía de 5 a 10 años ante estas situaciones.
Aseguró que los proveedores inmobiliarios tienen la obligación de contar con una garantía que incluya coberturas a problemas estructurales de los inmuebles destinados a casa habitación, misma que no podrá ser inferior a cinco años, que ampare la reparación sin costo para el consumidor por defectos o fallas en los mismos.
El artículo 73 de la Ley Federal del consumidor señala lo siguiente:
“Todo bien inmueble cuya transacción esté regulada por esta Ley, deberá ofrecerse al consumidor con la garantía correspondiente, la cual no podrá ser inferior a cinco años para cuestiones estructurales y tres años para impermeabilización; para los demás elementos la garantía mínima será de un año. Todos los plazos serán contados a partir de la entrega real del bien. En el tiempo en que dure la garantía el proveedor tendrá la obligación de realizar, sin costo alguno para el consumidor, cualquier acto tendiente a la reparación de los defectos o fallas presentados por el bien objeto del contrato”. Párrafo reformado DOF 18-01-2012
“El tiempo que duren las reparaciones efectuadas al inmueble al amparo de la garantía no es computable dentro del plazo de la misma; una vez que el inmueble haya sido reparado se iniciará la garantía respecto de las reparaciones realizadas, así como con relación a las piezas o bienes que hubieren sido repuestos y continuará respecto al resto del inmueble”. Artículo adicionado DOF 29-01-2009
El titular de la dependencia garantizó que atenderá las quejas y denuncias de los afectados que reclamen las garantías en contra de los proveedores inmobiliarios y dijo “nos vamos a ir con todo contra ellos”.
Una vez que se acredite que las afectaciones son atribuibles a los desarrolladores inmobiliarios, se les podrá exigir la garantía de reparación.
Si las autoridades consideran que las afectaciones son imposibles de reparar los consumidores podrán optar por la sustitución del bien o la devolución del precio pagado.
Advirtió que el el caso de que las constructoras desestimen esta responsabilidad, la Procuraduría a su cargo podrá ejercitar la acción colectiva que eventualmente proceda ante los órganos jurisdiccionales correspondientes ya que se trata de una vulneración a derechos o intereses de una colectividad o grupo de consumidores.