Aunque el Artículo 123 constitucional incluye explícitamente en su apartado “A” a los trabajadores domésticos como sujetos de derecho, en la práctica es común que ellas, pues la mayoría son mujeres, no gocen de prestación alguna más que el pago día a día o a destajo por su labor.
El texto constitucional señala que “el Congreso de la Unión, sin contravenir a las bases siguientes, deberá expedir leyes sobre el trabajo, las cuales regirán: A. Entre los obreros, jornaleros, empleados domésticos, artesanos, y de una manera general, todo contrato de trabajo”.
Además dentro del capítulo 13 del apartado sexto de la Ley Federal del Trabajo, se establecen normas mínimas que los patrones deben cumplir hacia las trabajadoras del hogar, pero principalmente se refieren a trabajadores que están “de planta” en una casa, sin tomar en cuenta a quienes laboran de entrada por salida, que son la mayoría.
Marcelina Bautista explica que lo común en el gremio es el contrato de palabra, sin más garantía que la buena voluntad del empleador, pues no hay un control para que se cumpla si quiera lo estipulado en la ley.
Bautista es secretaria general de la Confederación Latinoamericana y el Caribe de las Trabajadoras del Hogar, organización que desde finales de los años 80 busca influir en las leyes del continente para hacer efectivos los derechos del gremio.
Ella asegura que se han logrado avances en varios países, siendo Costa Rica y Uruguay los de mayores logros, así como Argentina donde recientemente se aprobó una ley de seguridad social para este sector y se cuenta con un registro obligatorio y niveles mínimos de pago establecidos en la ley.
“México es uno de los países que está bastante atrasado en el tema”, asegura, y en ese sentido considera urgente que el gobierno de la República ratifique el convenio 189 y la recomendación 201 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT).
Ello, para comprometerse a legislar sobre seguridad social, salarios y contratos para las trabajadoras y trabajadores del hogar.
La OIT estableció al 30 de marzo como el Día Internacional de la Trabajadora del Hogar, fecha que, asegura Bautista, sirve para reivindicar sus derechos y visibilizar la problemática a la que su gremio se enfrenta, pues ya sea por discriminación o costumbre, el trabajo que realizan no es debidamente valorado.
La Ley Federal del Trabajo establece condiciones mínimas en cuanto a salario y las indemnizaciones que deben pagarse en el trabajo doméstico, y además existen programas como el Seguro Popular para el acceso a la salud, o el Infonavit para Todos que puede usarse para créditos de vivienda o para pensiones hacia este sector.
Para Bautista estos programas son insuficientes, pues el Seguro Popular no cubre todas las enfermedades como lo hace el Seguro Social, y el Infonavit para Todos depende de la buena voluntad del empleador, y lo que se necesita, dijo, es que sea obligatorio.
El gremio está dispuesto a discutir esquemas de contratación que se amolden a la naturaleza del trabajo, e incluso asumir obligaciones como el pago de impuestos, añadió la secretaria general de la Conlactraho.
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