Criterios para el registro de candidaturas a diputados en México

El Instituto Nacional Electoral (INE) comunicó el día de hoy, los criterios para el registro de candidaturas a diputados para el proceso electoral federal 2014-2015.

El acuerdo, que entró en vigor el 15 de octubre de 2014 y publicado hoy en el Diario Oficial de la Federación, estableció que del 1 al 15 de enero de 2015 los partidos políticos nacionales deberían presentar la Plataforma Electoral de sus abanderados, para su registro.

Entre el 22 y el 29 de marzo deberán presentarse las solicitudes de registro de candidaturas para diputados por el principio de mayoría relativa, tanto propietarios como suplentes, ante el Consejo Distrital respectivo, y por el de representación proporcional ante el Consejo General del INE.

En caso de que los partidos o coaliciones decidan solicitar ante el Consejo General, de manera supletoria, el registro de alguno o la totalidad de los aspirantes a diputados por el principio de mayoría relativa, deberán hacerlo a mas tardar el 26 de marzo.

Recibida la solicitud de registro, se verificará que cumple con los requisitos y si se advierte que se omitió alguno, se notificará al partido o a la coalición para que lo subsane o sustituya la candidatura dentro de las 48 horas siguientes, lo cual se podrá realizar a más tardar el 29 de marzo.

En caso de que los partidos excedan el número de candidaturas simultáneas se le requerirá que en un término de 48 horas informe las candidaturas que deban excluirse de sus listas hasta ajustar el número de 60 candidatos a diputados.

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