Las víctimas encontraron la muerte en el incendio de su residencia tras un atentado en la Región, siendo Córdova el único imputado y condenado. La sentencia fue dictada en primera instancia por el Tribunal Oral en lo Penal de Temuco.
Tras este fallo la defensa de Córdova pidió la nulidad del fallo y la absolución de su cliente pues consideró que existieron vicios en el proceso, lo que fue desestimado por el máximo tribunal chileno.
La resolución fue leída por el ministro Haroldo Brito, quien hizo un resumen del caso y el proceso, para concluir que los hechos descartan la pretensión de nulidad.
Se descarta el vicio que se reclama, pues no se ha causado un perjuicio el derecho del imputado. Además, “no concurre el motivo sustancial de invalidez” invocado, agregó el integrante del máximo tribunal.
“Se descarta el vicio que se reclama y no se ha causado un perjuicio al derecho del imputado”, por lo que solo cabe desestimar esta alegación, concluyó.