México, 5 Dic (Notimex).- La Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (Profepa) puso a disposición del Ministerio Público Federal a cinco personas que continuaban con trabajos y actividades clausuradas en la Biosfera del Alto Golfo de California y Delta del Río Colorado.
Por las tardes, ese grupo de personas realizaban trabajos de relleno, remoción de arena, pegado de bloque, enjarrado y la construcción de un muro en el Campo Turístico denominado como Pai Pai, ubicado a nueve kilómetros al norte de San Felipe, Baja California.
Al comprobar que se violaron los sellos de clausura, el personal de la Profepa, con apoyo de la Secretaría de Marina (Semar) detuvieron a esos sujetos, a quienes pusieron a disposición de la representación social en Mexicali, Baja California.
Los detenidos por omitir la medida dictada por la autoridad legalmente e incurrir en actividades que podrían tipificarse como delitos del orden federal.
El organismo desconcentrado de la Secretaría de Medio Ambiente explicó en un comunicado que las obras no cuentan con Título de Concesión de Zona Federal Marítimo Terrestre ni Autorización en Materia de Impacto Ambiental.
En el lugar se construía una barda o muro de protección, con una profundidad de un metro, a base de materiales, con 14 columnas de concreto armado y bloques de cemento con una longitud lineal total de 147 metros.
Al continuar con las obras y actividades suspendidas y sin contar con los estudios y autorizaciones requeridas, se podría provocar un cambio en la morfología de la Zona Federal Marítimo Terrestre y la Playa Colindante, además de modificar la conformación natural del terreno y el oleaje, o el amortiguamiento.
Recordó que en el Área Natural Protegida con categoría de Reserva de la Biósfera del Alto Golfo de California y Delta del Río Colorado, habitan especies endémicas como la Vaquita Marina y la Totoaba, ejemplares silvestres de interés prioritario en su cuidado y conservación.
El quebrantamiento de sellos se sanciona con pena de seis meses a nueve años de prisión y prevé una multa de 100 a tres mil días de salario mínimo vigente a quien ilícitamente desmonte o destruya la vegetación natural.
De acuerdo con el Código Penal Federal, las penas podrán aumentarse hasta en tres años más y hasta en mil días multa, cuando afecten un Área Natural Protegida.
La Ley General de Bienes Nacionales sanciona con prisión de dos a doce años y multa de trescientas a mil veces el salario mínimo a quien use, aproveche o explote un bien de la nación sin los permisos de las autoridades ambientales.
Además se ordenará que las obras que se hayan construido sean demolidas por cuenta del infractor, incluida la reparación del daño al ambiente o la compensación ambiental.