México, 20 Ene (Notimex).- La Asamblea Constituyente aprobó en lo general y en lo particular el Artículo 32 de la carta magna de la Ciudad de México que establece que la compra y coacción del voto será causa de nulidad de elecciones.
El proyecto explica que, “sin perjuicio de las causales específicas que prevea la ley de la materia, será nula la elección o el proceso de participación ciudadana en el que se acredite la existencia de irregularidades graves que violenten los principios previstos en esta Constitución”.
Señala que la ciudadanía podrá presentar candidaturas para acceder a cargos de elección popular sin necesidad de que sea postulada por un partido político, siempre que cuenten con el respaldo de una cantidad de firmas equivalente al uno por ciento de la Lista Nominal de Electores.
Como parte del debate la diputada Clara Brugada Molina, del Morena, argumentó su voto en favor.
“La Constitución de la Ciudad de México será la primera en el país que establece la nulidad por la compra o coacción de voto y que quitará la candidatura a los aspirantes a los que se les demuestre que han pervertido la voluntad popular”, dijo.
Respecto a la participación de las mujeres afirmó que la Constitución respetará su desarrollo como militantes en los partidos, como aspirantes a candidaturas o como dirigentes al interior de los institutos políticos.
En tanto el diputado Enrique Burgos García, del Partido Revolucionario Institucional (PRI), dijo estar en favor de las causas de anulación, aunque aclaró que dichas irregularidades deben ser determinantes.
Por otro lado el presidente de la Mesa Directiva de la Asamblea Constituyente, Alejandro Encinas, solicitó a los diputados del pleno reanudar las labores este sábado a las 11:00 horas, toda vez que se realizó una modificación a la orden del día para continuar con el debate del Aartículo 33.