En su portal electrónico, la agencia boliviana ABI señaló que luego de cinco horas de reunión, las partes acordaron crear una comisión para redactar de manera conjunta el artículo referente a la celebración de contratos mineros.
Mediante la iniciativa se busca poner fin al conflicto minero, que desde la semana pasada derivó en violentas protestas y bloqueos, por la modificación del artículo 151 referido a la firma de contratos mineros entre cooperativistas y privados.
Luego de un análisis cuidadoso hemos establecido que una comisión debe trabajar de forma inmediata, afirmó el ministro de Gobierno Carlos Romero, al término del encuentro que fue realizado este jueves entre representantes del Ejecutivo y la Fencomin.
Explicó que esa comisión está integrada por el ministro de Minería y de Gobierno y algunos delegados y técnicos que acreditará Fencomin para consensuar una redacción en torno al artículo 151 y posiblemente a algunos otros dos artículos adicionales que plantea Fencomin.
Aclaró que el trabajo de esa comisión se enmarcará estrictamente en la Constitución boliviana, conforme se estableció en la reunión de este jueves.
Comentó que en el encuentro se evidenció un reconocimiento colectivo sobre que las definiciones y los contenidos sustantivos de la futura Ley Minera deben enmarcarse en los contenidos de la Carta Magna para preservar el interés nacional.
La comisión trabajará desde mañana en el Ministerio de Economía desde las nueve de la mañana y la próxima semana, el miércoles en la tarde se instalará el diálogo de alto nivel con el presidente Evo Morales, agregó.
En esa cita con el mandatario, precisó Romero, la comisión deberá presentar los resultados de su trabajo, esperando que hasta ese día hayamos podido consensuar estos artículos que nos han causado disidencia con relación a Fencomin.
ABI recordó que el artículo 151 del proyecto de ley dice que la industria minera privada y cooperativizada puede suscribir contratos con actores productivos mineros privados o cooperativistas en forma asociada.
Según la Constitución boliviana, la iniciativa vulnera el artículo 351 de la Carta Magna, porque ese acápite establece que el Estado es quien puede suscribir esos contratos de asociación con personas jurídicas bolivianas o extranjeras.